domingo, 13 de noviembre de 2016

Caso práctico 3: Lucía

Lucía es grabada sin su consentimiento durante una videoconferencia con su pareja en la que ella se desnuda. Un chico de su instituto tiene acceso al vídeo, añade comentarios ofensivos y lo cuelga en un blog al que acceden los alumnos del centro. Aunque decide rectificar  y borrar el vídeo, lo hace cuando ya otros jóvenes del instituto y de otros centros y localidades han visto y comentado este vídeo. Lucía comunica lo ocurrido al jefe de estudios y éste convoca una reunión con los alumnos afectados y sus padres para realizar una mediación. Posteriormente la policía nacional detiene al alumno que colgó el vídeo por tenencia y difusión de pornografía infantil.

  1. ¿Cuánta relevancia tiene la privacidad en las redes sociales? En general no somos conscientes de que todo el mundo tiene derecho a tener su intimidad y que debemos proteger dicha intimidad. De forma particular, los adolescentes suelen compartir imágenes, vídeos y opiniones sin medir las consecuencias que tiene exponer su privacidad.
  2. ¿Qué causas podrían considerarse acoso en este caso? En primer lugar, creo que el novio de Lucía no es consciente de que ha expuesto la intimidad de su pareja, puesto que si su ordenador tiene un programa de grabación permanente, sabe que en ese ordenador queda registrado lo que el ha visto. Sabe que cualquier persona que acceda al ordenador puede ver a Lucía desnuda.  Eso sería la causa del acoso. Como consecuencia, alguien que accede al ordenador, graba el video, cuelga el video en el blog de alumnos y hace comentarios ofensivos.
  3. ¿La actuación del jefe de estudios se ajusta a las circunstancias del caso? ¿que acciones debería llevar a cabo en las situaciones de ciberacoso? Creo que el jefe de estudios debería haber contactado con la policía para solicitar ayuda. Ellos tienen protocolos que activan de forma inmediata si se les notifica una situación de acoso y más si hay un delito como en este caso.
  4. ¿Qué consecuencias de los hechos descritos podrían darse? Atiende a las edades de los alumnos. Podría darse la circunstancia de que Lucía no quisiera volver nunca al instituto, por vergüenza, se ha invadido su intimidad sin su consentimiento y se han burlado de ella. También sabe que otros jóvenes que no son del centro en el que estudia han visto el video y han visto y escrito comentarios y burlas, por lo que podría ser que Lucía no quisiera salir a la calle por si la reconocen. En el caso de Daniel, la consecuencia es que tendrá antecedentes penales.
  5. ¿Que acciones puede desarrollar el centro en colaboración con los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado mediante el plan director para la convivencia y mejora de la seguridad en los centros educativos? Los cuerpos de policía nacional y policía municipal pueden acudir a los centros para dos acciones concretas: por un lado, charlas de concienciación con alumnos y padres, y  por otro lado informar a la dirección del centro sobre los protocolos de actuación en caso de ciberacoso.



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